4.6.07

ASPECTOS LEGALES DE LA CONSTITUCION DE LAS EMPRESAS


Cuando una persona se ha decidido por fin a dejar de ser un trabajador por cuenta ajena y montar una empresa, el papeleo puede ser abrumante. Una cosa es tener una buena idea de negocio y otra muy distinta llevarla a cabo. Constituir la empresa, encontrar financiación, inscribirse en el Registro Mercantil, Hacienda, legislación... esto todo un mundo nuevo.
La hora de la verdad para cualquier equipo emprendedor que desea poner en marcha una empresa es el momento de comienzo de sus operaciones. Para comenzar las operaciones es imprescindible haber constituido la empresa. En general, la constitución de la empresa requiere un acto notarial e inscribirse en el Registro Mercantil.

Las cuestiones más importantes a tener en cuenta son:

¿Están identificados todos los socios y conocen todos ellos el Plan de Empresa de manera que sus expectativas se ajustan a lo indicado en dicho Plan?

¿Se han realizado las gestiones para conseguir un nombre adecuado para la empresa? El notario y el Registro requieren una certificación oficial.

¿Se ha identificado la dirección social de la empresa?

¿Existe un acuerdo sobre los cargos que cada uno de los socios ostentará en representación de la empresa?. Y en consecuencia ¿están asumidas las responsabilidades?

¿Se han elegido los equipos adecuados, en la Agencia Tributaria, para el ejercicio legal de la actividad empresarial?

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